El juez Peinado rechaza que Bolaños declare por escrito en la causa de Begoña Gómez

El juez Juan Carlos Peinado ha rechazado la posibilidad de que el ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, declare por escrito el próximo 16 de abril como testigo en la causa en la que investiga a Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno.

El titular del Juzgado de Instrucción 41 de Madrid rechaza en una providencia la petición del ministro de declarar por escrito por razón de su cargo en base a la ley de Enjuiciamiento Criminal.

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El ministro de la Presidencia Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, interviene durante las XX Jornadas anuales de presidentes y presidentas de Tribunales Superiores de Justicia, a 5 de marzo de 2025, en Palma de Mallorca, Mallorca, Baleares (España). Las jornadas se prolongarán hasta el jueves 6 de marzo, y en ellas se debaten asuntos de actualidad, en especial la puesta en marcha de los tribunales de instancia como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia. Asimismo, los presidentes de los TSJ analizan la experiencia de los Juzgados de lo Mercantil y abordan la repercusión de la creación de estos órganos judiciales en la oficina judicial, las normas de reparto y los partidos judiciales más pequeños.

El magistrado argumenta que dicha norma permite a determinados cargos declarar por escrito “sobre los hechos de que tenga conocimiento por razón” de su puesto, pero en este caso reitera que los hechos que fundamentan su testifical “no los ha conocido” por su actual cargo, sino cuando era secretario general de Presidencia. El juez Peinado le citó como testigo en la parte de la causa en la que investiga la contratación de Cristina Álvarez, la asesora de Moncloa que asiste a Begoña Gómez.

En su providencia, el magistrado sí acepta que la declaración se celebre en el despacho que Bolaños tiene en la sede del Ministerio en el Complejo de la Moncloa y no en la calle San Bernardo, donde se encuentra el Ministerio de Justicia.

El ministro incorporó un informe del jefe de servicio de su escolta, que señalaba que practicar la comparecencia en la sede de Justicia, con el correspondiente traslado de la comisión judicial, “supondría problemas de seguridad, y eventuales inconvenientes a los ciudadanos que transiten por la mencionada calle”, y por ello solicitaba que se practicase en el complejo de la Moncloa.

El magistrado apunta que el citado informe se adjunta “sin firma, ni identidad alguna, ni de la persona que ‘por orden’, habría suscrito dicho informe, ni la de la persona que lo habría ordenado, conteniendo tan sólo, un membrete de la Secretaría General de Presidencia del Gobierno- Departamento de Seguridad”.

Parece algo, cuanto menos extraño, que el titular del Ministerio de Justicia pretenda justificar una petición en un informe carente de firma

Juan Carlos Peinado

“Parece algo, cuanto menos extraño, que el titular del Ministerio de Justicia, como Notario Mayor del Reino, pretenda justificar una petición en un informe carente de firma y por tanto, sin persona identificada alguna, que asuma el contenido de lo que en dicho escrito se refleja, por lo que, poca o ninguna virtualidad puede atribuirse al mismo”, añade.

El instructor menciona que no tiene “inconveniente alguno” en que la comisión judicial se desplace a “cualquiera de los despachos con los que cuenta” Bolaños, pero recuerda a su vez cuando acudió al complejo de la Moncloa para tomar declaración, también como testigo, al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, el pasado mes de julio.

Dice Peinado que aunque Moncloa “cuenta con múltiples medidas de seguridad”, ello “no impidió” que se “retuviera” a la comisión judicial durante “un periodo de tiempo sensiblemente superior al necesario”, una vez sus integrantes habían sido previamente identificados.

Señala que en ese momento había “un nutrido número de personas, expectantes en las inmediaciones de dicho vehículo, con el consiguiente riesgo para la integridad física de los ocupantes del mismo, mientras el vehículo ocupado por el letrado de la persona investigada accedía sin espera de ningún tipo, y elevando la barrera paralela a la que estaba impidiendo el paso al vehículo judicial”.

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