

El Tribunal Constitucional ha evitado prolongar la tensión con otros tribunales y acordó, tras dos días de debate, que no intervendrá para evitar que se puedan plantear cuestiones prejudiciales ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europa (TJUE) contra sus sentencias. Tras conocer que la Audiencia Provincial de Sevilla y el Tribunal Superior de Justicia de Madrid iban a acudir a Europa para evitar cumplir con dos sentencias del órgano de garantías –una de ellas sobre los ERE de Andalucía–, su presidente, Cándido Conde-Pumpido, elevó una consulta.
No obstante, la mayoría de los magistrados han concluido que no se puede evitar que jueces y tribunales acudan al TJUE si consideran que una sentencia es contraria al derecho europeo. Algunos de los magistrados advirtieron a sus compañeros que en los últimos años el tribunal europeo está ampliando sus competencias a través de su jurisprudencia y tan solo desde hace cinco años ha decidido aceptar entrar en cuestiones prejudiciales contra sentencias en vez de contra leyes que deben aplicarse.
Tras la intervención de todos los magistrados, el tribunal acordó emitir un comunicado sobre su postura definitiva de dejar que los tribunales actúen como consideren. “La reflexión continúa sobre un tema complejo y en evolución. Por tanto, el debate sigue abierto, entre las preocupaciones del tribunal”, recoge la nota, aunque algunos magistrados del bloque conservador manifiestan que el debate está cerrado porque es claro que no se puede intervenir en la labor jurisdiccional. Alguno de estos reprocharon a Conde-Pumpido que se reclamara tanto a la Audiencia de Sevilla como al TSJM las providencias por las que se anunciaba la cuestión prejudicial al entender que se podía interpretar como un intento del TC de amedrentarles.
El principal efecto de la cuestión prejudicial es que las sentencias quedan en suspenso hasta que el TJUE resuelva. En el caso de Sevilla, quedan anuladas las relacionadas con el caso de los ERE de Andalucía por lo que los afectados –entre ellos los expresidentes andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán– se quedan a la espera.
Según fuentes del órgano, el pleno ha concluido que el TC no puede ni debe interferir en la actuación de los órganos de la jurisdicción ordinaria y aunque el TC es el supremo en materia de garantías constitucionales el TJUE es el supremo en la definición del derecho de la UE que tiene primacía sobre el derecho interno. Es decir, deben convivir respetando el ámbito de cada uno.
La conclusión del TC cobra especial relevancia de cara a las resoluciones sobre los recursos de amparo de los líderes del procés ante la negativa del Supremo a amnistiarles la malversación toda vez que el Alto Tribunal ya adelantó en sus escritos que acudiría a la justicia europea en caso de que el Constitucional decidiera lo contrario.