Consumo plantea prohibir el aumento de precios en la reventa de entradas

El problema con la reventa de entradas a precios abusivos ha llevado al Ministerio de Consumo a tomar decisiones. El departamento que dirige Pablo Bustinduy tiene previsto plantear este martes al Consejo de Ministros una nueva norma para que los reventas especializados no puedan obtener un rendimiento económico a la hora de desarrollar su actividad.

El problema es recurrente en conciertos de música, por ejemplo. Un artista abre el periodo de venta de entradas un día y a una hora determinada. En cuestión de minutos, todas las entradas se agotan. En ocasiones los seguidores no tienen ni diez minutos para poder comprarla. Las largas listas de espera, con miles y miles de supuestos compradores imposibilitan poder acceder a un ticket. Cuando, tras la larga espera, acceden al proceso final de la compra el resultado es decepcionante: no quedan entradas. En cuestión de minutos, los portales especializados en reventa de entradas ofertan los tickets que se han agotado a precios desmesurados.

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El ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, en el Complejo de la Moncloa, a 27 de mayo de 2025, en Madrid (España). El Consejo de Ministros ha aprobado un nuevo reglamento para pedir la jubilación anticipada en las profesiones con más bajas, de esta manera las puestos concretos en los que con una adaptación no sea posible aliviar la carga física u otros factores de penosidad inherentes al mismo podrán solicitar una jubilación anticipada.

Para intentar poner coto a esta práctica, Consumo propone modificar el artículo 20 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios con el objetivo de que el incremento del precio de las entradas en reventa solo pueda contemplar la variación del IPC desde el momento de la compra inicial al momento de la siguiente venta.

La medida se encuentra incluida en el anteproyecto de ley de Consumo Sostenible del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. En el fondo es un endurecimiento de la normativa, ya que en este momento ya está prohibida la utilización de bots para adquirir entradas de espectáculos culturales y posteriormente revenderlas. El artículo 27.6 de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal. Prohíbe dicha práctica contemplada también en la legislación europea.

El problema es que esta prohibición no funciona en la práctica y, como se ha descrito, la reventa a precios desmesurados es la tónica habitual de amantes de la cultura y los espectáculos en vivo.

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Foto ANDREA MARTÍNEZ PASTOR 24/10/2024. Entrevista a Estopa por su nuevo documental “In-Edit” sobre su concierto estrenado en Cinemes Aribau, en Barcelona, por su 25 aniversario en la música. Estopa es un dúo español de rumba catalana formado por los hermanos David y José Manuel Muñoz. Creado el 18 de octubre de 1999, el grupo es natural de la ciudad de Cornellà de Llobregat, Provincia de Barcelona.

La nueva normativa que plantea Consumo contemplaría que las entradas comercializadas en reventa con un precio superior al regulado convertiría esta actividad en ilícita, pudiéndose instar al bloqueo de las páginas web donde se estuviese produciendo la infracción, y la consecuente sanción para el infractor. Sería una práctica similar a la que el ministerio ya está aplicando a las viviendas de alquiler turístico anunciadas de forma ilegal.

La prohibición de comercializar entradas en reventa con elevados precios ya está contemplada en la legislación de otros países comunitario. En Bélgica o en Francia, por ejemplo, existe normativa específica en la materia. España quiere sumarse a ellos.

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