Bruselas abre un procedimiento de infracción a España por obstaculizar la opa del BBVA

Después de dejar claro que las condiciones impuestas por el Gobierno a la opa del BBVA al Sabadell no eran de su agrado, Bruselas ha decidido pasar a la acción. Como se venía anticipando, la Comisión Europea ha abierto este jueves un procedimiento de infracción a España por obstaculizar la operación bancaria. Se trata de un procedimiento que por ahora consiste en una carta formal pidiendo más información al Gobierno, pero que podría terminar con el Ejecutivo comunitario proponiendo que se imponga una sanción económica a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

Hay dos motivos que han llevado a la Comisión a tomar esta decisión. El primero tiene que ver con dos disposiciones del derecho español que otorgan un poder al ministro de Economía para decidir sobre fusiones o adquisiciones totales o parciales en operaciones bancarias. Según fuentes comunitarias, lo que Bruselas reclama a España es que cambie este derecho a veto porque entienden que socavan los poderes prudenciales del Banco Central Europeo (BCE), que es la autoridad competente cuando una adquisición pasa del 10%. 

Por encima del BCE

El Ejecutivo comunitario desaprueba el poder de veto del ministro de Economía

En la comunicación oficial, la Comisión insiste que “determinadas disposiciones de la ley bancaria española y de la ley de competencia española, que otorgan al Gobierno español facultades ilimitadas para intervenir en fusiones y adquisiciones de bancos, vulneran las competencias exclusivas del Banco Central Europeo y de los supervisores nacionales en virtud de la normativa bancaria de la UE”. “También considera que esas amplias facultades discrecionales constituyen restricciones injustificadas a la libertad de establecimiento y a la libre circulación de capitales”, sigue el texto. 

En Bruselas creen que la legislación española no está alineada con el derecho de la UE en cuanto a la libertad de establecimiento y la libre circulación de capitales. Además, recuerdan que la UE busca levantar barreras en el mercado interior, e interpretan que estas infracciones del derecho de la UE constituyen una barrera. “Las consolidaciones en el sector bancario benefician a la economía de la UE en su conjunto y son esenciales para la realización de la unión bancaria. Estas fusiones también garantizan una asignación eficiente del capital en toda la UE y el acceso de los ciudadanos y las empresas a productos financieros a precios competitivos, lo que constituye un objetivo clave de la unión de ahorro e inversión”, asegura el Ejecutivo comunitario en su expediente a España.

El ministro de Economía, Comercio y Empresa, Carlos Cuerpo, mantiene una reunión con la comisaria europea de Estabilidad Financiera, Servicios Financieros y Unión de los Mercados de Capitales, Maria Luís Albuquerque, en el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, a 13 de marzo de 2025, en Madrid (España). La reunión se ha producido para tratar las iniciativas del Laboratorio de Competitividad.

El ministro de Economía, Comercio y Empresa, Carlos Cuerpo, en una reunión en marzo on la comisaria europea de Estabilidad Financiera, Maria Luís Albuquerque

Matias Chiofalo / Europa Press

Para que el procedimiento de infracción terminara en buen puerto, el Gobierno debería hacer un cambio profundo sobre este reglamento para dejar claro que Frankfurt va por encima de la Moncloa. El BCE notificó en septiembre al BBVA su aprobación (no oposición) a la toma de control hostil.

Luego, en el segundo gran motivo, fuentes internas también sostienen que las trabas impuestas por el Gobierno a esta opa van contra la Ley de Defensa de la Competencia, donde se establecen una serie de categorías para que se pueda prohibir una concentración y esté justificado por razones de interés general. Es lo que consideró el Gobierno el pasado 24 de junio, cuando el Consejo de Ministros dio su autorización a la operación, pero impidió a BBVA proceder a la fusión de los dos bancos durante los próximos tres años. Fuentes europeas citan dentro de este listado las razones de defensa, seguridad, salud, libre circulación de bienes y servicios, y después aseguran que, en el caso de la opa hostil del BBVA, las trabas del Gobierno no recaen en ninguna de estas categorías de velar por el interés general. 

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El ministro de Economía, Comercio y Empresa, Carlos Cuerpo, ofrece declaraciones a los medios tras la reunión con las patronales de las entidades bancarias y cajas de ahorro, las asociaciones de mayores y usuarios financieros, así como con el Defensor del Pueblo y la subgobernadora del Banco de España, en la sede del Ministerio, a 16 de julio de 2025, en Madrid (España). Durante el encuentro, han hecho seguimiento de los retos de la inclusión financiera.

Las objeciones de Bruselas van en línea con las advertencias enviadas por la Comisión a finales de mayo, tras el último movimiento del Ejecutivo de Sánchez. Entonces las críticas ya  fueron muy claras. Fuentes europeas subrayaban que no consideraban que hubiera “ninguna razón que pueda justificar rechazar o bloquear la operación” y emplazaban al Gobierno a “alinearse” con las decisiones de las autoridades competentes, es decir, con el veredicto emitido por la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC), el Banco de España y el BCE.

Estos recelos no eran nuevos. El Gobierno y la Comisión Europea estaban hablando en privado de la cuestión desde agosto del 2024, cuando abrieron un proceso conocido en la burbuja comunitaria como EU Pilot, un sistema de consultas habituales que lanza el Ejecutivo comunitario cuando se sospecha que se puede incumplir la legislación europea. Entonces, eran conversaciones informales, que ahora con la apertura del procedimiento de infracción van algo más allá.

El final del proceso.

El TJUE podría imponer una multa única o sanciones periódicas

De momento, lo que ha mandado hoy la Comisión Europea es una carta de emplazamiento donde solicita más información sobre las decisiones gubernamentales, que España tiene dos meses para responder de forma detallada. Luego, cuando Bruselas reciba la información, entonces elaborará un dictamen motivado en el cual, en base a la respuesta española, debe justificar por qué considera –en el caso de que lo haga– que continúa esta infracción y daría a España un plazo para abordar estas preocupaciones. Este tiempo dependerá de la gravedad de lo exigido, es decir, del tiempo que consideran necesario para adaptar estas disposiciones que no estarían en línea con el derecho europeo. 

Si después de este tiempo la Comisión todavía cree que España no ha sabido implantar este cambio, Bruselas podría tomar medidas ulteriores como remitir a España al TJUE, algo que no sucedería a corto plazo. La sanción económica puede llegar desde el momento en que se registre esta demanda por parte del secretario judicial del Alto Tribunal. Entonces, en el caso de que España se siga resistiendo a implantar los cambios, el TJUE podría sentenciar una multa única más elevada, además de penalizaciones periódicas. La cantidad se calcula en función de la gravedad de las normas infringidas y del impacto de la infracción en los intereses particulares y generales, pero también en función de la capacidad del país para abonarla.

No es la primera vez que la Comisión abre un procedimiento de infracción a España. De hecho, hay 91 abiertos actualmente. Solo en una ocasión ha acabado en multa, en el 2018, un caso de deficiente depuración de las aguas residuales en un largo proceso judicial que afectaba a 17 localidades y que al final incidía sobre nueve de ellas. La sanción impuesta en el 2018 fue de 12 millones de euros a tanto alzado y de una multa coercitiva de 10.950.000 de euros por cada semestre de retraso al aplicar las medidas. Por los incumplimientos, en el 2024 España ya había pagado 90 millones en seis años, según una resolución de transparencia revelada por El Confidencial

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