
La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha anulado en varias sentencias las sanciones impuestas por el Banco de España a antiguos directivos de la Caja de Ahorro del Mediterráneo (CAM) por estar prescritas. Entre los afectados están los exdirectores generales de la entidad Roberto López Abad y María Dolores Amorós, que fueron condenados en la vía penal por la quiebra de la caja y, además, se les aplicaron sanciones de entre 150.000 y 500.000 euros.
Los magistrados consideran que las multas administrativas se aplicaron fuera de plazo. El procedimiento sancionador administrativo se suspendió temporalmente mientras se resolvían los procesos penales abiertos, pero el Banco de España no actuó después con la diligencia precisa para reactivarlos, según la Audiencia Nacional.
Los jueces consideran “injustificado” el retraso y declaran prescritas las infracciones. Esta resolución puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.
La AN ve “falta de diligencia” para aplicar las sanciones acordadas después de que el Banco de España interviniera la Caja
En su argumentación, la Audiencia Nacional indica que el Banco de España podía estar al tanto de la evolución del proceso puesto que el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD), un órgano presidido por el subgobernador del propio supervisor, estaba personado en la causa.
A su entender, en este caso hubo “falta de diligencia” para aplicar las sanciones acordadas después de que el Banco de España interviniera la CAM y la adjudicara al Banco Sabadell por un euro. Las sanciones quedaron en suspenso durante años mientras no se resolvieron las causas penales contra sus exdirectivos. Esa suspensión se levantó en diciembre de 2020, pero no fue hasta marzo de 2022 cuando se aplicaron las sanciones por la deficiente gestión de la entidad. Éstas son las sanciones ahora anuladas.