

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) estudia la queja interpuesta por la exconsellera de Justicia y Emergencias de la Generalitat valenciana Salomé Pradas contra la jueza que investiga las inundaciones por la Dana. La exdirigente popular, cesada por el presidente Carlos Mazón, ha pedido al órgano de los jueces que suspenda a la instructora Nuria Ruiz por actuar contra ella sin base probatoria.
Según fuentes de CGPJ, el promotor de la acción disciplinaria se ha limitado a recibir la denuncia y revisarla antes de decidir si inicia un expediente disciplinario contra la magistrada. Es una situación similar a la ocurrida con el juez Juan Carlos Peinado, que investiga a Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno, y a quien se ha interpuesto una queja por parte del ministro Félix Bolaños por sus formas al tomarle declaración como testigo.
En ambos casos, el promotor Ricardo Conde todavía no ha tomado en consideración su decisión de iniciar un expediente disciplinario contra ninguno de los dos instructores sino que se ha limitado a recibir las quejas y revisarlas, tal y como exige la norma del órgano.
Pradas presentó una queja tras ser citada a declarar por la jueza que le investiga por un presunto delito de homicidio imprudente por no reaccionar ante las inundaciones de octubre del pasado año que acabaron con la vida de más de doscientas personas.
El letrado de la exconsellera argumentaba en su escrito que el trabajo de la titular del juzgado de Instrucción número 3 de Catarroja contiene resoluciones judiciales con “afirmaciones categóricas sin base probatoria suficiente” y “limita el derecho de defensa durante las declaraciones”. Además, deslizaba que ha existido una posible intervención de personas ajenas al proceso judicial, en referencia a las acusaciones de algunas partes de que el marido de la magistrada Nuria Ruiz Tobarra estaría asesorándola en el procedimiento.
Esta primera queja fue ampliada para pedir al órgano de gobierno de los jueces que suspenda a la magistrada y que un “sustituto legal” se encargue de la instrucción del procedimiento.
A pesar de las acusaciones de Pradas, la Audiencia Provincial de Valencia, por unanimidad de los seis magistrados, han avalado la imputación de Pradas. “Resulta racionalmente sostenible” la atribución de la omisión de información debida a Pradas. La decisión de citarla en condición de investigada “se revelaba procesalmente inevitable”, afirmaba la resolución.
La jueza arremete contra la entonces consellera por no reaccionar para alertar a la población del riesgo de la dana tras la información manejada en el Centro de Coordinación Operativa Integrado (Cecopi).
Concretamente, la magistrada se centra en la “gran demora” en convocar la reunión del Cecopi de aquel 29 de octubre y el “retraso todavía mayor” en lanzar la alerta automática a los móviles. El auto de imputación de Pradas explicaba que “no era necesario contar con el asentimiento o conformidad de hasta 29 personas que integraban el Cecopi”. Las causas de este retraso “no resultan explicables” para la instructora.