
El presidente de Sidenor, José Antonio Jainaga, y dos directivos de la compañía han comparecido este miércoles en calidad de investigados ante el juez de la Audiencia Nacional Francisco de Jorge que investiga si la empresa incurrió en un delito de contrabando y participación por complicidad en otro de lesa humanidad por vender partidas de acero a esta empresa, presuntamente “con pleno conocimiento” de que el material “iba lógicamente destinado a la producción de armamento”.
La clave de la defensa legal de los directivos se ha focalizado en la naturaleza del producto. José Antonio Jainaga ha explicado que ninguno de los aceros vendidos a Israel corresponde a la descripción detallada en los textos legales que regulan el armamento y los materiales susceptibles de doble uso.
“En el momento de realizar dichas ventas no existía ninguna limitación en las relaciones comerciales con ese país; las entregas se cancelaron por decisión de Sidenor en el mes de julio, casi tres meses antes de que el Gobierno español decretase el embargo”, ha apuntado según la nota emitida por Sidenor este miércoles.
En este sentido, los directivos de la compañía han argumentado que Sidenor no precisaba estar incluida en ningún registro específico ni había solicitado autorización previa para la exportación a países no embargados.
Informe oficial
Esta postura ha sido reforzada por un informe oficial, fechado el 10 de septiembre de 2025, elaborado conjuntamente por el Servicio de Vigilancia Aduanera (dependiente del Ministerio de Interior) y la Policía Nacional, que confirma que el último envío retenido en el puerto de Barcelona por decisión de Sidenor no está sujeto a control especial.
El informe clasifica el material como “las demás barras de acero sin alear, acabadas en frío con un contenido de carbono superior a 0,25%”. Al tratarse de un acero sin alear (designado comercialmente como SAE 1040), “no tiene ningún epígrafe asociado ni se considera un material susceptible de doble uso según establece el Reglamento 821/2021”, aseuran.
La compañía también ha querido enmarcar la operación en un contexto preciso, al detallar que en el momento de efectuar las ventas, no existía limitación alguna en las relaciones comerciales con Israel, y que nunca recibió comunicación de las autoridades españolas o europeas sobre limitaciones excepcionales.
Sidenor defiende su anticipación
Además, la empresa siderúrgica defiende que actuó con notable anticipación. Sidenor canceló las entregas y suspendió unilateralmente las relaciones comerciales con Israel a partir de julio de 2025, casi tres meses antes de que el Gobierno español decretase el embargo oficial, que tuvo lugar el 23 de septiembre de 2025.
Finalmente, la empresa ha querido rebajar la dimensión económica de la controversia, señalando que los envíos a los que se refiere la denuncia representan menos del 0,2% de sus ventas totales anuales.
Pendiente de la operación Talgo
Sidenor adelantó que en los próximos días aportará un informe pericial adicional elaborado por una firma independiente de prestigio que, basándose en la verificación de archivos digitales, acredita la trazabilidad de los pedidos y confirma que los aceros producidos para ese cliente coinciden con las características solicitadas y que, por tanto, ninguno estaba dentro del catálogo de productos sometidos a un control especial.
Este periplo judicial llega la compañía presidida por José Antonio Jainaga en un momento en el que está a punto de culminar la complicada adquisición del 29,7% de Talgo, liderando un consorcio en el que también participa el Gobierno y las fundaciones de las cajas vascas y que debe ser ratificado el próximo 12 de diciembre, fecha en la que Talgo ha fijado la junta de accionistas que debe aprobar esta operación además de la ampliación de capital en la que está previsto que entre la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales, (SEPI) con una inyección de 75 millones de euros, si el frente judicial no lo impide.
