
El Gobierno ya ha compartido con los grupos parlamentarios el borrador del real decreto ley para responder a lo que denomina “emergencia habitacional”, que aprobará este martes en su reunión del Consejo de Ministros. Un texto todavía abierto, sujeto a las negociaciones en marcha y que, sin duda, tendrá otras posteriormente, en el periodo de trámite parlamentario. No será fácil sumar suficientes votos en las Cortes, aunque el Gobierno lo intenta con un amplio abanico de medidas para intentar contentar a todas las fuerzas políticas.
En este borrador sujeto a cambios, al que ha tenido acceso La Vanguardia , el Ejecutivo propone medidas de diferentes tipologías para hacer frente al problema de la falta de vivienda disponible en el mercado. El texto incluye iniciativas “para proteger la función social de la vivienda y hacer frente a la especulación” y medidas fiscales y tributarias en esta materia. Asimismo, trata de incrementar y proteger el parque público de vivienda, fomentar la promoción de vivienda asequible y de aplicar medidas en materia de transparencia.
Una de los aspectos más destacados consiste en una serie de bonificaciones fiscales a los propietarios que alquilen sus viviendas, y a los inquilinos, en determinados casos. En concreto, los caseros se beneficiarán si no suben los precios en la renovación de los contratos, sobre todo en el caso de inquilinos jóvenes.
Así, se propone una bonificación del 100 % en el IRPF del rendimiento neto positivo para el arrendador cuando se renueve un alquiler que incluya la cláusula de actualización anual del contrato anterior o cuando suscriba un nuevo contrato con otro arrendatario “siempre que la renta inicial fuera inferior al límite máximo del precio aplicable conforme al sistema de índices de precios de referencia”.
Los menores de 35 años se podrán deducir el 10,05 % de las cantidades pagadas
Cuando no se den estas circunstancias, la deducción va disminuyendo hasta el 70%. En concreto, será del 95 % si la vivienda está en un zona tensionada y el inquilino tiene un máximo de 35 años, de un 90 % cuando la vivienda se encuentre en una zona tensionada, y de un 85 % cuando el arrendatario tenga hasta 35 años. En el resto de los casos, la bonificación sería de un 70 %.
También los inquilinos tendrán bonificación fiscal. Los menores de 35 años que alquilen una vivienda como habitual en zonas tensionadas se podrán deducir el 10,05 % de las cantidades pagadas.
Otro de los aspectos de este texto es que prohibe la prórroga de los actuales contratos de alquiler de temporada. Se especifica que quedarán extinguidos sin posibilidad de prórroga cuando finalice el plazo de duración pactado. También se añade que habrá que especificar de forma expresa la causa que motiva el desplazamiento temporal del arrendatario. “Dicha causa deberá ser real y acreditable, recayendo sobre el arrendador la carga de la prueba de su existencia”, señala el decreto. Además, especifica que la duración deberá ser superior a treinta y un días (límite para los alquileres turísticos), aunque sin exceder los doce meses, en función de sus causas. Más allá de esos doce meses, ya se consideraría vivienda habitual.
Por otro lado, el nuevo decreto modifica la ley que regula las socimis (sociedades anónimas especializadas en la inversión inmobiliaria) para endurecer su fiscalidad excepto si se dedican a inmuebles asequibles.
La norma endurece la fiscalidad a las socimis excepto a las dedicadas a pisos asequibles
Estarán sometidas a un gravamen especial del 15 % sobre el importe de los beneficios obtenidos en el ejercicio que no sea objeto de distribución entre sus accionistas. En el caso de las que se dediquen a arrendamiento de viviendas, el gravamen especial será del 25 % sobre los beneficios que no vayan a ser distribuidos.
No obstante, ese gravamen especial del 25 % se reducirá a la mitad cuando las viviendas destinadas a alquiler a precio asequible sean más de un 80 % de su parque total, y desparecerá cuando, además de cumplir esta mencionada condición del 80 % de alquiler asequible, el importe de los beneficios obtenidos que no sea distribuido se reinvierta, en un plazo de tres años, en viviendas destinadas a alquiler asequible.
Otra innovación del paquete de medidas es la creación de la denominada Cuenta de Ahorro e Inversión Financia Europa, una herramienta para incentivar a los ciudadanos a invertir los ahorros en mercados de capitales, en inversiones productivas.
El texto explica que esta cuenta estará configurada como una relación contractual entre un inversor particular y una entidad financiera o de inversión autorizada, y estará compuesta por una cuenta operativa de efectivo y una cuenta de valores asociada.
La cuenta de ahorro europea incentiva a los ciudadanos a destinar ahorros a inversiones productivas
La norma prevé también una modalidad específica denominada Cuenta de Ahorro e Inversión Financia Europa Reinversión, pensada para aquellos propietarios de viviendas que reinviertan determinadas plusvalías obtenidas por ventas.
El borrador establece que las inversiones podrán ser destinadas a acciones de sociedades con domicilio o actividad principal en la Unión Europea, así como a fondos de inversión que cumplan los requisitos fijados por la nueva normativa, mientras que excluyen operaciones con apalancamiento, derivados, ventas en corto, préstamo de valores o cualquier otra fórmula que permita asumir riesgos superiores al capital aportado.
Uno de los puntos del decreto que será polémico es la reforma de la ley del Suelo que incorpora. La rigidez de la actual reglamentación es uno de los elementos que se considera crítico en la falta de construcción de nueva vivienda, por la fácil paralización con que se producen los proyectos de viviendas. Podemos ha denunciado que esta modificación implicaría legalizar proyectos urbanísticos ilegales y eliminaría el derecho de un antiguo propietario a recuperar un terreno expropiado por interés público si no se utiliza para ese fin, afirma el partido liderado por Ione Belarra.
El decreto también incluye la ya anunciada prórroga una prórroga de alquileres hasta el 30 de junio de 2028. La anterior congelación de alquileres, que el Congreso tumbó en abril, cubría hasta finales del 2027. De esta manera, se amplía en casi un millón de personas los potenciales beneficiarias de esta medida, según cálculos de Sumar, los grandes impulsores de la medida.
