Díaz pide impugnar el acuerdo laboral de los funcionarios de Madrid por restringir el derecho de protesta

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha solicitado hoy a la Fiscalía y al Defensor del Pueblo que actúen contra un convenio de la Comunidad de Madrid, firmado tanto por el gobierno regional como por los sindicatos, al considerar que puede restringir el derecho a la protesta de los empleados públicos de la región. El Ministerio señala que el convenio y el acuerdo pueden ser “impugnados” porque “conculcan” la legalidad constitucional vigente y “lesionan gravemente” el interés de terceros.

El acuerdo de la Mesa Sectorial del Personal Funcionario de Administración y Servicios, relativa a las condiciones laborales del personal funcionario madrileño, se aprobó el pasado 11 de diciembre y se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad (BOCM) el 23 de diciembre. Cuenta “con los votos favorables de las centrales sindicales CSIT Unión Profesional, CC OO Federación de Servicios a la Ciudadanía de Madrid, Central Sindical Independiente y de Funcionarios CSIF y UGT Servicios Públicos Madrid”, según reza el primer punto. 

El Ministerio señala que el acuerdo “conculca” la legalidad constitucional vigente

El artículo 10 y la disposición adicional décima de este convenio “abren la puerta”, según explican desde el ministerio de Trabajo, a que en caso de que se convoquen huelgas, concentraciones o manifestaciones por parte de sindicatos firmantes, la administración pueda acordar la “suspensión de la implantación de la carrera profesional horizontal, incluida la interrupción de sus efectos retributivos” del personal a su servicio. Los sindicatos aún no han dado respuesta a la pregunta de este diario al respecto de este acuerdo.

En concreto, la disposición adicional décima, en sui punto 3, detalla que “las organizaciones sindicales que suscriben el presente acuerdo se comprometen a no promover durante toda su vigencia (…) huelgas, concentraciones, manifestaciones, campañas o cualquier otra medida de conflicto colectivo que tengan como finalidad o como efecto, directos o indirectos, la modificación de lo acordado” a riesgo de la suspensión mencionada.

El Ministerio de Trabajo expresa en las cartas remitidas este viernes a ambas instituciones que una cláusula de esta naturaleza “castiga el ejercicio de derechos fundamentales” como los de reunión, manifestación o libertad de expresión, constituye un “atentado evidente” a los derechos fundamentales.

También critican que implica una “degradación de la participación democrática” de las personas trabajadoras “todavía más llamativa”, si cabe, al producirse en los convenios colectivos que rigen las relaciones laborales de los empleados públicos de una Comunidad Autónoma, en este caso la de Madrid.

Trabajo añade que se trata de una cláusula de paz que “desborda lo admisible” para este tipo de contenidos obligacionales, generando efectos más allá de las organizaciones firmantes y generando de forma “asombrosa consecuencias negativas” para las personas trabajadoras más allá de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica de libertad sindical.

Trabajo recuerda que ha solicitado a la Fiscalía y al Defensor del Pueblo que actúen de oficio ya que son las instituciones competentes ante la inhibición de la Dirección General de Trabajo de la Comunidad de Madrid que ha publicado los textos.

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