La justicia rechaza la querella de Puigdemont contra el juez Aguirre por la trama rusa

El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha rechazado investigar la querella que presentó el expresidente catalán Carles Puigdemont contra el juez Joaquín Aguirre, al que acusaba de instruir ilegalmente el caso Volhov sobre las supuestas conexiones en Rusia en busca de apoyos al procés.

En un auto, la sala civil y penal del TSJC, de acuerdo con el criterio de la Fiscalía, considera que no hay indicios para admitir a trámite la querella que Puigdemont, junto a su abogado Gonzalo Boye y su asesor Josep Lluís Alay, interpuso contra el juez, jubilado desde hace dos semanas, por los delitos de prevaricación y malversación.

La querella argumentaba que el juez los había investigado ilegalmente al abrir una pieza separada para reactivar las pesquisas sobre la supuesta intervención rusa del procés en junio de 2024, semanas después de que la Audiencia de Barcelona le ordenara cerrar la instrucción del caso Volhov, porque las dos últimas prórrogas no estaban debidamente justificadas.

Tras abrir la nueva pieza para sortear la decisión de la Audiencia, Aguirre remitió una exposición razonada al Tribunal Supremo en la que, una vez rechazó amnistiar a Puigdemont, pedía que se le investigara por un delito de traición junto al diputado de Junts en el Parlament Francesc Dalmases y al expresidente catalán Artur Mas, entre otros, por las supuestas conexiones en Rusia para el procés.

El TSJC reconoce las irregularidades procesales pero las ve insuficientes

Las defensas recurrieron esa nueva pieza separada y, el pasado mes de diciembre, la Audiencia de Barcelona la anuló en un duro auto en el que reprendía al juez por el “claro y flagrante incumplimiento” de la resolución en la que, el pasado mes de mayo, le ordenó zanjar la investigación sobre la supuesta injerencia rusa en el procés.

Para los querellantes, la conducta del juez reunía las condiciones que impone el delito de prevaricación, es decir, dictar una resolución injusta y hacerlo a sabiendas de su injuricidad. En el texto, los querellantes acusaban al juez de pergeñar -solo o en compañía de otros- “un plan para incumplir” el auto de la Audiencia de Barcelona del 29 de mayo del 2024, que revocaba la prórroga de la investigación con efectos de 1 de agosto de 2023, “consistente en desplazar unos hechos investigados de una pieza a otra”, un “ilegal mecanismo de clonado desde una pieza hasta otra”.

Sin embargo, en su auto, el TSJC argumenta que las “irregularidades procesales” que pudieran existir en la nueva pieza separada abierta por el juez para investigar a Puigdemont no son suficientes para constituir un delito de prevaricación, dado que no supuso una “desobediencia palmaria” de lo ordenado por la Audiencia de Barcelona ni se basó en una resolución injusta.

Para la sala, la prevaricación solo ocurre “cuando la resolución del juez excede del contenido de la autorización legal o cuando este decide motivado por consideraciones ajenas al ordenamiento jurídico”, sin que pueda encuadrarse en ese delito un “error susceptible de ser corregido mediante el sistema de recursos”.

Reconoce la sala que algunas de las expresiones utilizadas por el magistrado en la resolución que abría la nueva pieza separada sobre la llamada “trama rusa” podrían “ser reprobadas, por desafortunadas y extravagantes, además de innecesarias”, pero por sí solas no constituyen un delito de prevaricación judicial.

El Tribunal afea al juez el “caos y retraso”

El Tribunal afea al juez el “caos y retraso” en su investigación por las supuestas conexiones del procés con el Kremlin, por lo que cree que su decisión de abrir una nueva pieza separada pudo estar motivada por su “repentina preocupación por reordenar y reubicar” todas aquellas diligencias que tuvieran algún “objeto común”.

En ese sentido, el TSJC se distancia de la Audiencia de Barcelona al avalar la decisión de Aguirre de reactivar la investigación sobre la injerencia rusa, con la amnistía ya en vigor, porque a su parecer basó su nueva pieza en diligencias procedentes de otras, “todas ellas válidas”, sin que su objeto coincidiera con el de las demás.

Eso sí, la sala precisa que su análisis sobre la nueva pieza de la trama rusa no sustituye -“no nos estaría permitido”- la resolución de la Audiencia de Barcelona de declararla nula, dado que este es “el único tribunal legitimado para decidir sobre el alcance y significado” de sus decisiones.

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