
El Ministerio de Consumo sigue adelante en su enfrentamiento con las aerolíneas por el cobro del equipaje de mano. Tras imponer una multa de 179 millones a cinco de ellas, acaba ahora de abrir un expediente sancionador a una sexta por el mismo motivo, sin desvelar su nombre.
Esta decisión se anuncia un día después de que una de las cinco aerolíneas sancionadas, Vueling, obtuviese la suspensión cautelar de la multa de Consumo. Otras dos, Ryanair y Norwegian, ya han logrado que el Tribunal Supremo de Justicia de Madrid les reconozca esta figura. Las otras dos sancionadas son Easyjet y Volotea.
Fuentes de Consumo indican que las cinco aerolíneas sancionadas siguen incurriendo en las mismas prácticas mientras litigan ante los tribunales.
El expediente a la sexta aerolínea, que contempla un plazo de instrucción de nueve meses, se incoa ante la existencia de “indicios acreditados” de que cobra suplementos por el equipaje de cabina, señalan las fuentes.
Sobrecoste por acompañar a menores o dependientes
Hay otros dos motivos: la aerolínea adolece de falta de claridad al informar de sus precios, lo que impide realizar comparaciones, y exige el pago de un sobrecoste por viajar al lado de menores y personas dependientes.
La apertura del expediente se basa en el artículo 47.1 de la Ley General de Consumidores y Usuarios, y toma como base una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE sobre el caso Vueling.
Consumo argumenta que, conforme a esta sentencia, la Justicia europea “permite a la compañía hacer análisis de seguridad y razonabilidad” sobre el equipaje que debe ir en cabina, pero “siempre debe ser gratuito”.
Esta iniciativa se produce mientras la UE avanza en un nuevo reglamento para resolver este problema. El Consejo Europeo se ha abierto a legalizar el cobro del equipaje de mano a partir de ciertas dimensiones, con el voto en contra de España.
Sin embargo, el Parlamento Europea, a través de su Comisión de Transportes, se ha pronunciado en contra de cobrar por el equipaje de mano.