El Congreso rechaza indemnizar a José Luis Ábalos

No será firme hasta mañana, pero el Congreso de los Diputados se inclina por desestimar la petición de indemnización por cese solicitada por el exdiputado socialista José Luis Ábalos tras dejar su acta el pasado 28 de enero.  Una compensación que, al haber sido diputado de manera ininterrumpida desde 2009, podría haber superado los 57.000 euros.

La Mesa de la Cámara Baja analizará antes del pleno de este martes el informe de los letrados al que ha tenido acceso La Vanguardia y que concluye que el exministro y ex secretario de Organización del PSOE no tiene derecho a percibir esa compensación económica al encontrarse ya suspendido como diputado en el momento de formalizar su renuncia.

Apoyándose en el reglamento de pensiones parlamentarias y en los precedentes acumulados en legislaturas anteriores, los servicios jurídicos subrayan que “ninguno de los miembros de la Cámara que fueron suspendidos en el pasado percibió la indemnización establecida en el artículo 12”, una referencia que refuerza la idea de que la suspensión conlleva la pérdida plena de derechos, prerrogativas y beneficios asociados a la condición de diputado.

El informe va un paso más allá al advertir de que no resulta razonable entender que la renuncia al escaño pueda operar como una suerte de rehabilitación automática de derechos previamente suspendidos. La Mesa del Congreso ha venido considerando, de forma reiterada, que los acuerdos de suspensión abarcan la totalidad del estatuto parlamentario. En ese marco, la pérdida del acta no puede interpretarse como un punto de inflexión que reactive beneficios que ya no estaban vigentes antes de la renuncia.

La cuestión no es menor desde el punto de vista institucional. La indemnización por cese —equivalente a una mensualidad por cada año de mandato, con un máximo de 24— no tiene carácter salarial ni compensatorio en sentido estricto, sino una finalidad claramente definida. La de facilitar la reincorporación a la vida laboral de quienes abandonan el Parlamento, en un contexto en el que los diputados carecen de cobertura por desempleo. Esa lógica, recuerdan los letrados, explica también su incompatibilidad con otros ingresos, como una pensión de jubilación. 

La conclusión jurídica es clara. Si la suspensión priva al diputado de todos sus derechos económicos, no cabe que la renuncia posterior actúe como atajo para recuperarlos.

Con este criterio, la Mesa se dispone a respaldar este martes un dictamen que consolida la doctrina aplicada hasta ahora y evita abrir una excepción con potenciales efectos expansivos. 

Asier Martiarena Olveira

Redactor de la sección de política tras una década cubriendo la actualidad de Madrid entre 2011 y 2022. Antes en Microsoft News y el diario Metro

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