El Gobierno aprueba la jubilación anticipada para profesiones penosas o peligrosas

El Real Decreto aprobado esta mañana por el Consejo de Ministros permitirá que las actividades penosas y peligrosas puedan solicitar una jubilación anticipada. Es algo que ya existe, pero de manera muy limitada, solo afecta a ocho colectivos, y en función de criterios diversos. Con esta medida, pactada con patronal y sindicatos el verano pasado y que llega ahora, con cierto retraso sobre el calendario previsto, se generaliza el procedimiento y se establece bajo unos criterios objetivos, que permitirán su aplicación a actividades concretas. 

La ministra de Inclusión y Seguridad Social, Elma Saiz

La ministra de Inclusión y Seguridad Social, Elma Saiz

Efe

“El sistema debe de ser suficientemente flexible para proteger a todos estos colectivos”, ha afirmado la ministra de Inclusión y Seguridad Social, Elma Saiz, al informar de la medida tomada. 

Se trata de identificar las actividades profesionales con índices elevados de morbilidad o mortalidad, para permitir en estos casos anticipar la edad de jubilación. El Real Decreto regula el procedimiento para establecer los denominados coeficientes reductores, que se aplicarían a áreas en las que la actividad se desarrolle en un ambiente excepcionalmente penoso, peligroso o insalubre. Dentro de los criterios para determinar la penosidad se encuentran, por ejemplo, la exposición a temperaturas extremas, ruido o vibraciones, el uso permanente de la fuerza física o la exposición a agentes físicos, químicos o biológicos.

En el caso de la peligrosidad, son actividades que puedan provocar un accidente laboral o enfermedad profesional al trabajador, con una incidencia superior a la de otras actividades. También se incluye la insalubridad, entendiéndola como un ambiente que pueda perjudicar a la salud del trabajador.

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Actualmente, hay ocho colectivos con algún tipo de reducción anticipada de la jubilación por estos motivos, como son mineros, pilotos, marineros y toreros. Ahora serán las patronales y los sindicatos los que pueden solicitar el reconocimiento de estos coeficientes reductores a nuevas actividades. Hay sectores que ya han anticipado su voluntad de solicitarlo, como policía, guardia civil, taxistas, conductores de transportes de mercancías y la construcción. A partir de la petición, se utilizarán tres indicadores para valorar si corresponden aplicarlos. Se trata de la incidencia de sucesos graves, que relaciona el número total de fallecimientos con el total de trabajadores del colectivo, y también el de bajas, que se obtendrá dividiendo el número de bajas  por el número de trabajadores. Un tercer indicador será también la duración de las bajas en la actividad. 

La aplicación de estos coeficientes, supondrá un incremento en la cotización de la Seguridad Social, que se fijará en los presupuestos de cada año. Se trata de un tipo de cotización adicional, que se repartirá entre la empresa y el trabajador. Hay también límites fijados, como que la edad de jubilación no podrá ser inferior en ningún caso a los 52 años. 

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