
El Gobierno de España iniciará el procedimiento para revocar la declaración de la Semana Santa de Sagunto como Fiesta de Interés Turístico Nacional, reconocimiento que otorga el Ministerio de Industria y Turismo a través de la Secretaría de Estado. Así lo ha explicado el ejecutivo en un comunicado tras la votación de la Cofradía de la Purísima Sangre de Nuestro Señor Jesucristo de Sagunto, en la que 267 cofrades se pronunciaron expresamente en contra de la inclusión de las mujeres en la participación de las manifestaciones religiosas de la Semana Santa de esta localidad,
Después del veto, la Secretaría de Estado de Turismo ha decidido incoar un expediente para revocar una declaración que se concedió en 2004.
El Gobierno estudiará cómo las limitaciones estatutarias que la cofradía contempla pueden afectar al requisito de participación ciudadana previsto por la normativa
Las mismas fuentes explican que la declaración como Fiesta de Interés Turístico Nacional se regula en base a la Orden Ministerial ICT/851/2019, que en su artículo 3d se refiere al arraigo de la fiesta y a la participación ciudadana en su desarrollo. En este contexto, y “teniendo en cuenta las quejas ciudadanas presentadas formalmente, el Gobierno estudiará cómo las limitaciones estatutarias que la cofradía contempla pueden afectar al requisito de participación ciudadana previsto por la normativa, porque excluyen a la mitad de la población, que son las mujeres”.
En esta línea, el ejecutivo señala que la orden contempla en su artículo 13 la posibilidad de que la declaración pueda ser retirada cuando la fiesta haya dejado de cumplir alguno de los requisitos exigidos.
Actuaciones del Ministerio de Igualdad
Paralelament, el Instituto de las Mujeres (IM) ha recibido varias quejas por discriminación por parte de la Cofradía de la Purísima Sangre de Nuestro Señor Jesucristo, en las que se pone de manifiesto una posible conducta discriminatoria al rechazar las solicitudes de ingreso de las mujeres en la cofradía. De ahí que el IM, organismo autónomo adscrito al Ministerio de Igualdad, haya dado traslado de las mismas tanto al Ayuntamiento de Sagunt como a la mencionada cofradía, en cumplimiento de una de sus funciones, recogidas en el artículo 3 de su ley fundacional relativas a “recibir y canalizar en el orden administrativo las quejas formuladas en casos concretos de discriminación de hecho o de derecho por razón de sexo, asistiendo de manera independiente a las víctima de discriminación por este motivo para que tramiten sus reclamaciones”.

