El talón de Aquiles de Verifactu

El 5 de diciembre se aprobó el real decreto que establece los requisitos que deben adoptar los programas informáticos de facturación y la estandarización de formatos de los registros. Para referirse a ellos se ha implantado el término Verifactu. Esta norma busca conseguir la modernización de la dotación digital de pymes, microempresas y autónomos, a la vez que una mejora en el cumplimiento tributario y en la lucha contra el incumplimiento. Las exigencias técnicas de los sistemas informáticos de facturación que se regulan posibilitan, a través de la estandarización de los formatos de los registros que contienen la información generada, su aportación a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), ya sea mediante requerimiento singular o, en una fase posterior, mediante suministro general de la información. Conviene especificar que el real decreto del 2 de diciembre ha aplazado la entrada en vigor de la normativa hasta el 2027. Este real decreto pretende asegurar que la aportación de datos de facturación que se deba realizar a la AEAT se produzca en su formato original, sin alteraciones en los registros que contengan la información generada en la emisión de las facturas. Así pues, el objetivo es evitar de una forma preventiva comportamientos de ocultación de ingresos, como alterar los registros de facturación después de su generación mediante softwares diseñados específicamente para la defraudación tributaria, omitiendo o alterando los datos reales.

Por tanto, el propósito de la Administración Tributaria es conseguir que todas las operaciones que se realicen se graben en el sistema informático de manera segura, no manipulable, accesible y con una estructura y formato estándares para facilitar la legibilidad de los registros, el análisis automatizado y la simultánea remisión a la AEAT y, en un futuro no muy lejano, implantar la obligación de remisión de los datos de facturación de forma simultánea al momento de la emisión de la factura o tiquet de compra.

Debilidad

¿Cuántos clientes escanearán el código QR para cotejar la información que está en manos de la Administración?

Asimismo, este real decreto pretende incentivar la concienciación fiscal de los destinatarios de las facturas favoreciendo la colaboración contra los incumplimientos. Se quiere dar una mayor relevancia al papel de los clientes en el nuevo sistema, de manera que para cada factura completa o tiquet que reciban deberán tener impreso un código QR, y que los clientes puedan remitirla a la AEAT para asegurar el cumplimiento tributario y comprobar si el correspondiente registro de facturación ha sido remitido a la AEAT o no.

La AEAT está convencida de que el QR contribuirá a un mejor control del cumplimiento tributario de los vendedores y el cliente podrá comprobar que su proveedor no está realizando ningún tipo de fraude fiscal ni le está repercutiendo un IVA que luego no declara. Sin embargo, la Administración no ha tenido en cuenta el talón de Aquiles de todo el sistema: ¿cuál será el porcentaje de clientes que escanearán el QR para cotejar si el correspondiente registro de facturación se encuentra en poder de la AEAT?

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