
La jueza que instruye la causa de la dana que provocó 228 muertes ha rechazado la petición de las defensas de los imputados -la ex consellera de Emergencias Salomé Pradas y el su secretario autonómico, Emilio Argüeso- de unificar las acusaciones particulares y populares.
Eso sí, en su auto, la magistrada establece que cualquier acusación popular que pretenda personarse en lo sucesivo tendrá que hacerlo a través de su representación procesal y su asistencia letrada, agrupándose en alguna de las acusaciones populares ya personadas.

Con todo, respecto a las que ya participan en el proceso, la jueza instructora recuerda que “la agrupación de acusaciones particulares ha de partir como presupuesto de que el número de partes provoque dilaciones y dificulte la correcta tramitación del procedimiento”. No obstante, y pese a la complejidad del procedimiento, el auto señala que “no puede estimarse que hasta el momento concurra dicha premisa fundamental que justifique excluir la representación diferenciada de cada una de las acusaciones particulares”.
Por otro lado, el escrito de la jueza detalla “las posturas claramente enfrentadas” en cuanto a las acusaciones populares, en las que figuran “partidos políticos y asociaciones completamente antagónicas y diferenciadas en su actuación procesal”.
“La agrupación de acusaciones particulares ha de partir como presupuesto de que el número de partes provoque dilaciones y dificulte la correcta tramitación del procedimiento” y la jueza entiende que esto no pasa
En cualquier caso, a juicio de la instructora, el gran número de acusaciones particulares y populares “no resulta de manera automática en una desventaja para las defensas”, como demuestra el hecho de que algunas de ellas no respondieran a la resolución que les emplazaba a manifestar si apreciaban indicios de responsabilidad penal contra los dos investigados o defiendan “tesis idénticas a las defensas”.

La magistrada también califica de “claramente inviable” atribuir a la representación letrada de Podemos, primera de las acusaciones populares personadas, la representación de las restantes, como había propuesto alguna defensa. “Es absolutamente imposible de realizar”, afirma.
La magistrada rechaza que se unifiquen las acusaciones en torno a la representación de Podemos que fue la primera que se personó
De igual modo, la juez considera que tampoco procede la concentración en una sola representación para la práctica de actos procesales porque ello “limitaría el derecho de defensa de las acusaciones particulares, sin que se garantice la mayor brevedad en la práctica de las declaraciones, dado que deberían asumir las preguntas de las acusaciones agrupadas”.
El auto, explican desde el TSJ valenciano, no es firme y puede ser recurrido en reforma o en apelación.