El incremento de los alquileres estará limitado al 2,19% si toca una revisión en marzo, según el nuevo índice de referencia publicado este viernes por el Instituto Nacional de Estadística (INE). El porcentaje se aplica para contratos firmados tras la entrada en vigor de la Ley de Vivienda, el 25 de mayo del 2023.
Este nuevo dato, correspondiente a enero de 2025, es inferior a los que ha publicado hasta la fecha el INE, que situaban la subida en el 2,2% y en el 2,28%, respectivamente, para los meses de noviembre y diciembre de 2024. Si el propietario decide aplicar esta subida al inquilino tendrá que notificársela por escrito, respetando los plazos y condiciones recogidos en el contrato.
Las actualizaciones se producen de forma anual, por lo que los caseros que tengan que revisar el alquiler a sus inquilinos podrán aplicar como máximo esta subida.

Los alquileres se actualizaban tradicionalmente en la mayoría de los casos con el IPC. La Ley de Vivienda establece una serie de medidas de contención de precios en la regulación de los contratos de alquiler y establecía que sería el INE el encargado de definir este índice de referencia para la actualización anual de los contratos a fin de evitar incrementos desproporcionados, como se estaban registrando por la inflación.
El índice tiene en cuenta principalmente la evolución de la inflación general y la subyacente, la que no tiene en cuenta alimentos frescos y energía.

Por su parte, los contratos que hayan sido firmados antes de la entrada en vigor de la Ley por el Derecho a la vivienda, es decir, firmados antes de mayo de 2023, seguirán actualizando su renta anual con el dato del Índice de precios al consumidor o IGC, según conste en el contrato de alquiler firmado.