
Los parados estarán finalmente exentos de presentar la declaración de la renta. El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este miércoles el decreto ley del denominado escudo social, aprobado la víspera por el Consejo de Ministros y que aglutina varias medidas de calado social junto a la revalorización de las pensiones. Entre las novedades, el texto suprime la obligatoriedad para los desempleados de presentar la declaración de la renta que debía entrar en vigor en 2026. También publica la prórroga del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de 2025 a la espera de cerrar la negociación sobre su subida en 2026.
Entre los cambios que deja la letra pequeña del decreto ley aparece, en una disposición final del texto, la supresión del artículo de la Ley General de la Seguridad Social que incluía la obligatoriedad de presentar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las personas beneficiarias de prestaciones por desempleo. Esta obligatoriedad se había incluido en la última reforma del subsidio de desempleo de 2024 pero no había entrado vigor, ya que se aprobó una moratoria. Estaba previsto que arrancara finalmente este 2026.
El Gobierno razona en el texto del real decreto que resulta necesaria esta supresión puesto que “su alcance actual no supone solo una obligación formal. Ello excede la intención de la norma, que inicialmente fue la de dotar de una fuente adicional de información a la entidad gestora de las prestaciones”. Recuerda que “se incorporó una obligación similar a la prevista para la prestación no contributiva del Ingreso Mínimo Vital, con el objetivo de alinear ambas regulaciones”, pero el texto indica que existen diferencias “sustanciales” en la normativa aplicable y la finalidad de cada prestación. Si bien las prestaciones por desempleo sustituyen a las rentas salariales, en el caso de los subsidios su función es complementaria, sin que ello implique dejar de cumplir los requisitos de activación establecidos en el acuerdo de actividad.
Por ello “desaconseja incorporar esta obligación formal, que además supondría un incremento innecesario de la carga administrativa para la persona trabajadora”
Trabajo reanudará las negociaciones con los agentes sociales sobre la subida del SMI tras el parón navideño
El real decreto de 66 páginas incorpora también la prórroga de la vigencia del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) determinado en 1.184 euros mensuales brutos en catorce pagas “hasta cuando se apruebe el real decreto que fije el salario mínimo interprofesional para el año 2026”.
El texto recalca que aunque la fijación del salario mínimo no decae por el mero transcurso del plazo de vigencia del real decreto anual que lo fija, “la seguridad jurídica aconseja despejar cualquier duda interpretativa sobre su eficacia”.
Trabajo tiene previsto reunirse tras las vacaciones navideñas con los agentes sociales para continuar con la negociación de la subida del SMI, que tendrá carácter retroactivo a 1 de enero. La semana pasada Trabajo presentó una propuesta de incrementar un 3,1% el SMI en caso de no tributar y un 4,7% en caso de tributar.
Los sindicatos CCOO y UGT plantean por su parte una subida del 7,5% hasta los 1.273 euros brutos al mes, con tributación obligatoria en el IRPF. La CEOE propone un alza del 1,5%.
El texto incluye la revalorización de las pensiones y la prórroga de la moratoria antidesahucios
El decreto ley incluye también la revalorización del 2,7% con caracter general de las pensiones para el nuevo año, con subidas de entre el 7% y el 11,4% en el caso de las pensiones mínimas y la congelación de las cuotas de los autónomos. También incorpora una serie de medidas destinadas a proteger a la población más vulnerable, como la ampliación de la moratoria antidesahucios para hogares vulnerables y del bono eléctrico. El texto tiene que ser ahora aprobado por el Congreso de los Diputados.
Desde la UGT, el sindicato ha criticado que el escudo social se aprobara sin diálogo previo con los agentes sociales aunque valoró positivamente los “avances”.
