El Ministerio de Economía ha publicado este jueves en el BOE un real decreto con decenas de medidas de ámbito financiero entre las que figuran retoques en la normativa de opas para afinar las obligaciones de información y también un mecanismo que facilitará a las empresas españolas cotizar tanto en su país de origen como en otra jurisdicción extracomunitaria sin necesidad de cambiar de sede. Es un movimiento que sale al paso del caso Ferrovial, que se trasladó a Países Bajos con el argumento de que le ofrecía una plataforma adecuada para cotizar de forma simultánea en Nueva York.
El cambio más significativo del decreto para las empresas cotizadas tiene que ver con la incorporación de un nuevo apartado en la norma sobre admisión a negociación de valores en bolsa para facilitar la cotización simultánea de valores españoles en mercados extranjeros.
Esta circunstancia, dice el decreto, será posible “sin necesidad de trasladar fuera de España el registro principal de la emisión”. Se ofrecerá así “una alternativa que permite mantener en España el depositario central de referencia, aun cuando parte de los valores se depositen en un depositario central localizado fuera de la Unión Europea para su negociación en otro mercado”.
Las cotizadas podrán disponer en España de una cuenta técnica de carácter global y meramente contable que sea la que refleje el saldo de valores depositados fuera de la Unión Europea. Se abre de esta forma una vía al dual listing extracomunitario sin necesidad de basarse en otra jurisdicción.
Cambios en los umbrales de información en caso de opa
La norma también aligera las obligaciones de información para las empresas que se encuentren en un proceso de opa, con el objetivo de reducir las cargas burocráticas. A diferencia de lo ocurrido hasta ahora, que deben notificar cualquier cambio en su accionariado superior al 1%, el umbral se elevará al 3%.
El objetivo es alinear el funcionamiento de las opas en España con el de Europa y eliminar trámites administrativas ahora considerados innecesarios. En las compras de autocartera, las empresas no deberán notificar cada movimiento, sino los que impliquen cambios en los umbrales del 3%, 5% o 10%.
Otra de las novedades es la ampliación de los medios de pago en las administraciones públicas para permitir el uso de tarjetas de crédito de forma generalizada. También se incrementan los usos del DNI digital.
Hay además una modificación de un real decreto anterior para incluir que en las operaciones que se realicen en los criptocajeros, como ocurre con los cajeros convencionales, se incluya también la identificación y la comprobación de la identidad de los usuarios.
Se incluyen también retoques técnicos que afectan al sector del juego. Se ajusta la norma para comprobar que el titular de las cuentas en plataforma de juego sea la misma persona que retira el dinero.
Esta medida, como las de un bloque amplio del decreto, refuerza las normas de lucha contra el terrorismo y el blanqueo de capitales. Otra de ellas es la de reforzar las funciones del Comité de Inteligencia Financiera, que será responsable de elaborar un análisis nacional de riesgos.
