El Tribunal Supremo abre la puerta a una doble indemnización para los funcionarios interinos en abuso de temporalidad, toda vez que sigue descartando la posibilidad de que sean fijos automáticamente cuando ha habido este abuso si no se ha pasado una oposición. Lo ha establecido en una sentencia del Pleno de la Sala de lo Social fechada el 30 de junio y conocida hoy.
Con esta sentencia y con la anterior del 12 de mayo, los trabajadores afectados tienen derecho a una compensación de 20 días por año ante el cese legal del contrato y, de forma adicional, a una indemnización compensatoria específica diseñada para reparar íntegramente los daños materiales y morales derivados de la precariedad e incertidumbre sufrida.
Pero la novedad que introduce la sentencia del 30 de junio es que este derecho a indemnización persiste incluso si el empleado ha logrado ser fijo posteriormente a través de procesos de estabilización, ya que el perjuicio previo no desaparece automáticamente.
La resolución da respuesta al asunto que motivó la cuestión prejudicial resuelta por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) el pasado 14 de abril (asunto Obadal), y aplica la doctrina ya fijada por el propio Supremo en su sentencia del 11 de mayo de 2026.
Esta nueva sentencia se acoge a la doctrina ya establecida, en el sentido de que la contratación temporal de personal laboral por parte de las administraciones públicas sin superar una oposición no permite que estos trabajadores adquieran la condición de fijos como consecuencia directa del abuso en la temporalidad.
La resolución da respuesta a la cuestión prejudicial del Caso Obadal
“Se vulnerarían la Constitución Española y el Estatuto Básico del Empleado Público y se impediría el acceso al empleo público de los restantes ciudadanos”, ha argumentado el tribunal.
La última Encuesta de Población Activa (EPA) del INE disponible, correspondiente al primer trimestre de 2026, cifra en 981.000 los contratos temporales existentes en la Administración Pública. La tasa de temporalidad se sitúa así cerca del 30%, lo que supone prácticamente el triple que en el sector privado.
El Ministerio de Función Pública solicitó el pasado 29 de junio a la Comisión Europea que aplace la ejecución de un expediente sancionador que pesa sobre España por incumplir los requerimientos en materia de medidas destinadas a rebajar la interinidad en el empleo público, especialmente la que es abusiva por encadenar más de dos años de contratos temporales.
Ante la amenaza de Bruselas de llevar a España ante el Tribunal de Justicia del Unión Europea (TJUE), el Gobierno ha pedido tiempo hasta 2027 para poder adoptar medidas destinadas a resolver esta cuestión, que se han enquistado en la Administración a pesar de que la reforma laboral aprobada en 2021 sí ha servido para reducir sustancialmente el porcentaje de temporalidad en las empresas privadas.
En este sentido, el Supremo ha reiterado que las medidas adecuadas para prevenir y reparar el abuso en la temporalidad son el abono de una indemnización calculada conforme a los criterios fijados en la citada sentencia del TJUE y la remisión del testimonio de la sentencia en la que se constate que se ha producido un abuso en la temporalidad a la Inspección de Trabajo para que inicie el correspondiente procedimiento sancionador.
A lo que añade, y es la novedad de la última sentencia, la consideración de que también procede el pago de la indemnización resarcitoria por daños morales aunque el trabajador afectado haya alcanzado con posterioridad la condición de trabajador público fijo. En estos casos, se puede fijar una cuantía inferior si el órgano judicial aprecia que ha sufrido un perjuicio menor en atención a las circunstancias específicas.
La aplicación de la citada doctrina al caso concreto impide reconocer la fijeza, toda vez que la trabajadora no había superado un proceso selectivo para la contratación laboral de personal fijo con anterioridad a la situación de abuso de temporalidad, lo que lleva a la Sala IV a declarar que la trabajadora se encuentra en situación de contratación temporal irregular y admitir la posibilidad de que pueda reclamar el pago de la indemnización, así como a remitir testimonio de la sentencia a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS).
La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha reclamado, tras la sentencia, una reforma que establezca sanciones ejemplares a los responsables de las administraciones públicas que incumplan la normativa y mantengan el abuso de la contratación temporal.
Además, ha instado a sacar a oferta de empleo público todas las plazas estructurales –con interinos con más de tres años encadenando contratos– y ha pedido también recortar plazos de ejecución de las ofertas de empleo público, que actualmente tardan tres años y medio en desarrollarse.
Por último, fuentes del sindicado han señalado la necesidad de contar con unos presupuestos que eliminen la tasa de reposición, tal y como acordó CSIF con Función Pública, el pasado noviembre en el acuerdo para la mejora del empleo público.
