Las nuevas reglas de la jubilación flexible, que permiten a los pensionistas volver a trabajar como autónomos y compatibilizar esta actividad con parte de la pensión, ya están en vigor desde este viernes. El real decreto, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en mayo, amplía esta modalidad al trabajo por cuenta propia. Hasta ahora, los jubilados solo podían acogerse a ella si volvían a trabajar como asalariados.
Desde hoy, los pensionistas que quieran volver al mercado laboral a través de una actividad por cuenta propia podrán hacerlo con una condición: no haber estado dados de alta como autónomos durante los tres años anteriores a su jubilación. En este caso, mantendrán el derecho a cobrar el 25% de la pensión.
Los jubilados que quieran trabajar por cuenta propia no podrán haber sido autónomos durante los últimos tres años
Para los jubilados que decidan seguir trabajando por cuenta ajena, la normativa permite compatibilizar la pensión con un empleo a tiempo parcial, con una jornada de entre el 33% y el 80% de un trabajador a tiempo completo. Hasta ahora, el límite se situaba entre el 25% y el 75%. Como ya sucedía antes, la pensión se reducirá en función de la jornada: cuantas más horas se trabajen, menor será la prestación.
Además, para incentivar esta fórmula, si se accede a la jubilación flexible al menos seis meses después de haber abandonado el mercado laboral, el pensionista podrá beneficiarse de un porcentaje adicional de pensión. Así, quienes trabajen entre el 55% y el 80% de la jornada sumarán un 25% más de prestación, mientras que quienes lo hagan entre el 33% y menos del 55% podrán cobrar un 15% extra.
Por último, la reforma también introduce mejoras en el complemento por demora, que se aplica a quienes siguen trabajando una vez alcanzada la edad ordinaria de jubilación y retrasan el cobro de la pensión. Este colectivo puede elegir entre recibir un 4% adicional de pensión por cada año de demora, percibir un pago único o combinar ambas fórmulas. Es precisamente esta última vía la que incorpora cambios: cuando se hayan acumulado al menos dos años de demora, también se tendrán en cuenta los semestres completos, lo que permite ajustar al alza el incentivo en determinados casos.
Con estas nuevas normas, se culmina la reforma de las pensiones iniciada en 2021 y pactada con los agentes sociales. Este paquete de medidas pretendía, entre otros objetivos, que más personas decidieran retardar la edad de jubilación y promover este tipo de esquemas. Según datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, los trabajadores que deciden demorar su jubilación más allá de la edad ordinaria pasaron de suponer el 4,8% en 2021 al 10,9% en 2025. Las jubilaciones anticipadas superaban el 43% en 2018, pero se sitúan en torno al 30% en la actualidad.
La organización de autónomos UPTA ha denunciado este viernes que la nueva regulación para compatibilizar la pensión con un empleo deja a los autónomos “en clara desventaja” respecto a los asalariados, ya que una de las condiciones es no haber trabajado por cuenta propia durante los últimos tres años. Para la entidad, resulta “especialmente grave” que una reforma que pretende ampliar las posibilidades de compatibilizar jubilación y trabajo introduzca precisamente una “barrera” que dificulta “enormemente” su acceso.
La organización de autónomos UPTA denuncia que esta nueva regulación deja “en clara desventaja” al colectivo
Para UPTA, esta exigencia genera una situación “difícilmente comprensible”, ya que un autónomo que llegue a la edad de jubilación después de décadas de actividad no puede pasar directamente de trabajar en su negocio con la jubilación flexible. “No tiene sentido abrir legalmente la jubilación flexible al trabajo por cuenta propia y, al mismo tiempo, cerrar la puerta a quien llega a la jubilación siendo autónomo”, se queja.
