
Las a menudo molestas llamadas comerciales de números desconocidos tienen los días contados. El Boletín Oficial del Estado (BOE) recoge este jueves una resolución en la que se establece que, a partir del próximo mes de octubre, este tipo de llamadas deberán realizarse desde una numeración de nueve dígitos que comience por el código 400 con el objetivo de que los ciudadanos las identifiquen con mayor facilidad.
Además, los operadores bloquearán las comunicaciones de ventas que no se realicen desde la numeración asignada. De este modo, se da cumplimiento a la Ley de Servicios de Atención a la Clientela (SAC), aprobada en diciembre pasado, que incluía la necesidad de que las llamadas comerciales tuvieran un código numérico específico.
La resolución detalla que los números que comienzan con el código 400 serán unidireccionales, por lo que los usuarios solamente podrán recibir llamadas. De esta manera se quieren evitar posibles prácticas fraudulentas que se producen cuando el cliente devuelve las llamadas a números que no conoce porque no puede identificarlas. “Todos hemos sufrido alguna vez llamadas desde un móvil que hemos cogido pensando que era un familiar o un amigo y luego era una llamada comercial. A partir de octubre, todos podremos identificar si es comercial”, explicó Óscar López, al frente de Transformación Digital y de la Función Pública, antes de participar en un evento en Madrid.
En este sentido, el ministro agradeció “la colaboración, el esfuerzo y el trabajo” de las empresas telefónicas tanto en esta medida como en la aplicación del Plan antiestafas telefónicas, con el que se han conseguido bloquear 192 millones de llamadas y 17 millones de SMS desde su aprobación en marzo del año pasado.
La resolución publicada este jueves también recuerda que los operadores de telecomunicaciones pueden ofrecer a sus clientes la posibilidad de desconexión del servicio de llamadas comerciales prestado a través del rango 400. En caso de recibir llamadas comerciales desde numeración que no está atribuida para ese servicio, los usuarios pueden denunciarlo ante la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones (OAUT) o la Comisión Nacional de los Mercado y la Competencia (CNMC).
Plan antiestafas
A partir del 7 de junio se bloquearán también los SMS que suplantan la identidad de empresas
Asimismo, en otra resolución publicada hoy, el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública establece que las llamadas de atención al cliente sólo se realicen desde los números cortos específicamente atribuidos para ello, los rangos gratuitos o los números geográficos. La Orden Ministerial contra las estafas de suplantación de identidad mediante llamadas telefónicas o envío de SMS, que entró en vigor en marzo del año pasado, ya atribuyó los rangos 800 y 900 –que sí permiten que el cliente contacte con la empresa– para esas llamadas, y también prohibió utilizar numeración móvil. Ahora, mediante esta resolución, se concretan de manera expresa los rangos de numeración permitidos.
Por otro lado, el ministro también ha avanzado que la CNMC contará, a partir del 7 junio, con una base de datos oficial con los códigos alfanuméricos que utilizan las empresas y las administraciones públicas como identificadores en los SMS y que gestionará el organismo presidido por Cani Fernández. Y también a partir de esa fecha los operadores de telefonía bloquearán los mensajes que provengan de alias no registrados. “A partir de junio, se acabaron los SMS suplantando la personalidad de empresas, de compañías, de bancos, de energéticas o de entidades del Gobierno, que eran falsos”, ha sentenciado el ministro sobre esta medida.
