El real decreto-ley de vivienda que aprobó ayer el Consejo de Ministros, que hoy se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y que entra en vigor mañana incluye un nuevo mecanismo de financiación pública, complementario a una hipoteca de una entidad financiera privada, para poder acceder a la adquisición de la primera vivienda. Se llama Tu Casa y tiene unas condiciones concretas para promover la adquisición de inmuebles por parte de los jóvenes y no tan jóvenes. El objetivo es que las personas sin un ahorro inicial significativo no queden fuera del mercado de compraventa.
Cómo son los préstamos
Se trata de créditos sin intereses ni comisiones de hasta el 20% del valor de la vivienda y que son complementarios a una hipoteca privada. La financiación máxima es de 50.000 euros y serán gestionados por el Instituto de Crédito Oficial (ICO). Tendrán un periodo de carencia hasta que finalice el pago de la hipoteca o un máximo de 30 años.
Cómo se podrán solicitar
El Gobierno aún no lo ha aclarado la forma en la que se podrán solicitar. En el real decreto-ley se recoge que un acuerdo del Consejo de Ministros desarrollará el objeto, los beneficiarios, los límites, las características y el importe inicial de la línea. Por tanto, es pronto para conocer cómo se podrán solicitar, pero el Gobierno sí ha dejado claro que el encargado de gestionarlos será el ICO.
¿Se concederán a todos los solicitantes?
No. El real decreto-ley especifica que corresponderá al ICO el análisis de las operaciones conforme a sus políticas de riesgos y a las condiciones de elegibilidad establecidas en el citado acuerdo de Consejo de Ministros. Una vez estudiados esos riesgos, la entidad pública elevará las propuestas a una comisión rectora y, si reciben el visto bueno, se formalizarán las operaciones aprobadas y todas las actuaciones de seguimiento y recuperación. Dicho en otras palabras, no se concederán estos préstamos a personas que el ICO considere que no tienen solvencia financiera. La comisión rectora estará presidida por la secretaria de Estado de Vivienda e integrada por vocales que designe el ministerio con rango mínimo de subdirector general.
Sin límite de edad
La ayuda financiera inicial no tiene límite de edad. No va dirigida, por tanto, solo a los jóvenes. El Ministerio de Economía y el de Vivienda es consciente de que el abonar una entrada para una primera compra es una dificultad que afecta a personas de todas las edades. Lo que sí es necesario es que la adquisición sea de primera vivienda. Por tanto, los préstamos servirán tanto a personas jóvenes que quieran adquirir un primer inmueble como a personas que estén viviendo de alquiler y que quieran dar el paso a comprar su primera vivienda. En este segundo caso, si el alquiler les ha impedido ahorrar para esa entrada, podrán hacerlo.
Las viviendas tendrán el precio topado
Las viviendas adquiridas mediante estos créditos de hasta 50.000 euros deberán destinarse a vivienda habitual y quedarán sujetas permanentemente a un precio máximo de transmisión. Es decir, la compraventa estará topada. En las segundas y posteriores transmisiones, este no podrá superar el precio de adquisición actualizado conforme al índice de precios de consumo (IPC), con la posible incorporación del valor de determinadas actuaciones de rehabilitación o mejora en los términos que se establezcan.
Límites al alquiler
Si la vivienda se alquila, su renta deberá ser inferior al límite máximo aplicable conforme al sistema de índices de precios de referencia del Ministerio de Vivienda. La limitación se hará constar en la escritura pública de adquisición y se inscribirá en el Registro de la Propiedad.
Cuántos préstamos se concederán
El mecanismo estará dotado con una financiación inicial de 10.000 millones de euros. Por tanto, el ICO podrá conceder hasta 200.000 préstamos de 50.000 euros. Es posible que los beneficiarios se amplíen si los créditos son de menor cuantía.
Cómo se articula la financiación
La financiación procede del presupuesto del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana; los reembolsos y rendimientos pueden reinvertirse durante la vigencia del mecanismo y retornan después al Tesoro. Se establece contabilidad separada y la imputación de los costes de gestión al presupuesto del mecanismo, conforme al convenio con el ICO.
