La justicia que emana del pueblo

Una democracia solo está sana cuando sus poderes se controlan: la división de poderes no es un adorno constitucional, garantiza que nadie ejerza el poder sin límites. Conviene recordar lo que señala nuestra Constitución: la soberanía reside en el pueblo español y de él emanan todos los poderes del Estado, también el judicial. La justicia, dice, emana del pueblo. No se sostiene quien invoca la independencia judicial para desvincular ese poder de la soberanía popular. La independencia es una garantía del ciudadano frente al poder, nunca un privilegio corporativo.

Desde el mundo del trabajo hay más. En el Estado social que proclama la Constitución, los tribunales no arbitran entre iguales: quien reclama un salario o una prestación llega al juzgado en evidente desventaja. El derecho del trabajo nació para compensar ese desequilibrio, y los tribunales deben aplicar la ley con idéntica vocación protectora del más débil, también en lo económico. Cuando la balanza se inclina siempre hacia quien ya tiene el poder económico, no fracasa solo la justicia social: fracasa la propia idea de justicia.

La toga es la vestimenta de un poder del Estado, no una pancarta

La política, además, se traslada a los juzgados, con daño mutuo. La imparcialidad no basta con garantizarla: hay que hacerla visible. Y hoy está erosionada. Más del 65% de los ciudadanos cree que en España hay lawfare y seis de cada diez, que ciertos jueces hacen política. Lo alimenta el trato de­sigual de casos idénticos: unos acaban en condena y otros sin instrucción siquiera. Cuando la explicación no llega, el vacío lo ocupa la sospecha; y la sospecha repetida acaba en descrédito.

Tampoco ayudan determinadas imágenes. La toga es la vestimenta de un poder del Estado, no una pancarta. Cuando quienes la visten se concentran contra leyes que aún se tramitan en las Cortes –o, peor aún, contra leyes ya aprobadas cuyo contenido han avalado instancias muy superiores–, el mensaje es inequívoco: una parte del poder judicial ya no se percibe emanada del pueblo, sino situada frente a él y a sus repre­sentantes.

Un ejemplo claro está en lo laboral: las Cortes autorizaron la ratificación de la Carta Social Europea revisada sabiendo lo que autorizaban, porque el Consejo de Estado había advertido de que sus decisiones obligan. Y, sin embargo, el Tribunal Supremo ha resuelto que lo que decide el Comité Europeo de Derechos Sociales es mera declaración programática. Es un poder del Estado neutralizando, mediante la interpretación, un mandato asumido por el legislador. Las personas trabajadoras extraen una conclusión difícil de rebatir: la justicia deja de corregir los desequilibrios de poder y los perpetúa.

La confianza en la justicia no se impone por decreto: se reconstruye. Con una justicia que se sepa emanada del pueblo y a su servicio; que aplique la ley con la vocación protectora del Estado social; que explique lo desigual; que respete los tratados que las Cortes autorizaron, y que reserve la toga para el estrado. Nada de eso debilita la independencia judicial: fortalece su legitimidad. Reformar la justicia no es atacarla. Atacarla es resignarse a que los ciudadanos dejen de reconocer en ella al poder llamado, sobre todos, a proteger sus derechos.

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